Envío de la factura electrónica y de nota electrónica vinculada a ésta: Ampliación del plazo.
La Res. 000003-2023/SUNAT (pub. 5-1-23) ha dispuesto ampliar el plazo máximo de envío a la SUNAT o al OSE, según corresponda, de la factura electrónica, así como de la nota electrónica vinculada a esta, que se emita en el SEE – Del contribuyente, SEE Facturador SUNAT y el SEE – OSE. De esta forma, se ha ampliado el plazo de envío hasta el tercer día calendario siguiente al de la fecha de emisión de la factura electrónica o de la nota electrónica vinculada.
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